Los productos alimenticios que contienen polen de maíz transgénico MON810, incluida la miel, cuentan al día de hoy con todas las aprobaciones normativas necesarias para su comercialización en la Unión Europea. Por tanto, no debería haber ninguna restricción a la hora de comercializar miel que contenga polen del maíz MON810 dentro del marco comunitario. El maíz transgénico MON810 ha sido aprobado por las autoridades regulatorias europeas tras superar todos los controles de seguridad pertinentes.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acordó el pasado martes que la miel y los complementos alimenticios que contengan polen derivado de un organismo genéticamente modificado no podrán ser comercializados sin una autorización previa. La sentencia aclara que dicho polen no puede ser considerado como organismo genéticamente modificado (OGM), si no como producto producido a partir de OGM y que constituye en sí un ingrediente más de la miel.
Así, cualquier traza de polen de maíz transgénico MON810 sería un ingrediente más de la miel, en este caso un ingrediente aprobado en la Unión Europea. Todos los usos alimenticios del maíz MON810 ya han sido evaluados y autorizados por las autoridades regulatorias de la Unión Europea. Actualmente dicho maíz se encuentra en varios productos de maíz que combinan modificaciones genéticas y que han sido aprobadas para todos los usos alimenticios incluyendo el uso alimenticio de polen.
La seguridad del cultivo y consumo del maíz MON810 fueron cuidadosamente evaluadas por las autoridades regulatorias de la Unión Europea en el momento de su autorización. Las revisiones regulatorias y la autorización de MON810 tienen en cuenta plenamente las características fundamentales y las conclusiones de seguridad que se aplican a todos los usos alimenticios de dicho maíz. El portavoz comunitario ha dejado claro que “no existe riesgo” sanitario alguno.
El MON810 fue aprobado para su cultivo y puesta en el mercado en 1998 bajo la Directiva 90/220. También fue aprobado para uso alimenticio en el marco del reglamento de la Unión Europea sobre nuevos alimentos. Este reglamento fue modificado y ampliado posteriormente en 2001 y 2003. La actual autorización para MON810 cubre determinados productos elaborados a partir de transgénicos (harina, triturados, etc.)
La autorización actual del MON810 para su cultivo y comercialización en la Unión Europea no está directamente afectada por la decisión del Tribunal de Justicia.
Fuente: Fundación Antama