Transgénicos en Chile

Producción y exportación de semillas transgénicas en Chile

Chile es una país clave para proveer semillas transgénicas de contraestación a países del hemisferio norte. En el país está permitido y  regulado el uso de cultivos transgénicos para la producción de semillas con fines de exportación, destinados principalmente como servicios de contraestación,  y la reproducción controlada de semilla para fines de investigación y ensayos de campo.

La evolución de la superficie sembrada con semillas transgénicas en Chile varía según la demanda de los mercados de destino de la semilla transgénica producida. Si países del hemisferio norte como EEUU tienen una temporada con altos rendimientos de producción agrícola, entonces las compañías solicitarán una menor cantidad de semillas a los países del hemisferio sur que los abastecen en periodos de contraestación. Por el contrario, cuando factores ambientales como la sequía y por su parte el ataque de los insectos plaga afectan negativamente los rendimientos de producción agrícola, entonces la demanda de producción de semillas transgénicas en países como Chile aumenta. 

Transgénicos en Chile

La producción de semillas transgénicas en Chile alcanzó su máximo nivel en la temporada 2012/2013 sobrepasando las 35.500 hectáreas.

Las principales semillas transgénicas producidas en Chile son el maíz transgénico, la canola y la soja. En la temporada 2017/2018 de la superficie total de semilleros transgénicos en el país (13.900 hectáreas) el 56% correspondió a semilleros de maíz, el 27% a semilleros de canola y el 17% a semilleros de soja. Otras semillas transgénicas que se sembraron en el país correspondieron a semillas de mostaza, tomate, y vid, las cuales en total representaron el 0,008% de la superficie total de semilleros transgénicos.

La importancia de Chile como productor de semillas se debe a que la mayoría de los consumidores se encuentran en el hemisferio norte y la diferencia de estación en el hemisferio sur permite abastecer los déficits de producción en la época de contra estación. Mientras en el sur se cosecha en primavera-verano, en el hemisferio norte se encuentran en otoño-invierno. Por otro lado, los programas de mejoramiento genético del hemisferio norte cosechan nuevas líneas y mandan las semillas a países como Chile para realizar pruebas de campo de contra estación. De esta manera se avanza más rápido en el desarrollo de las nuevas variedades que los agricultores requieren.

En la temporada 2016/2017 industria semillera chilena totalizó exportaciones (exportaciones físicas de semillas + servicios de investigación y desarrollo) por US$ 338.5 millones. De éstos, US$ 71 millones, equivalentes al 21% del total de las exportaciones, correspondió a exportaciones de semillas transgénicas. A su vez, US$ 21,5 millones, equivalentes al 6,4% del total de las exportaciones correspondió a servicios de investigación y desarrollo con semillas de tipo transgénicos en Chile.

Evolución de las Exportaciones de Semillas Chilenas

Investigación en el desarrollo de cultivos transgénicos en Chile

Tomado de: Sánchez MA, León G. 2016. Status of market, regulation and research of genetically modified crops in Chile. N Biotechnol. 33(6):815-823

La mayoría de los estudios desarrollados en Chile se han centrado en algunas especies forestales (pinos, eucaliptos, álamos) y en algunas especies agrícolas (papas, melones, uvas, cerezas y duraznos).

Treinta y dos proyectos de investigación con cultivos transgénicos han sido financiados por agencias públicas en Chile desde 1991, con una inversión pecuniaria total de US $ 16.2 millones (ver tabla). Este monto no considera contrapartidas privadas (pecuniarias o no pecuniarias). El INIA (Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias) lidera este ranking, con 16 proyectos de investigación y una inversión total de US $ 8,3 millones, que corresponde al 51,4% de la inversión total.

Otras ocho instituciones de investigación han obtenido financiamiento: seis universidades y dos centros de investigación (CEAZA y Fundación Chile). Estos 32 proyectos de investigación involucran al menos doce especies de plantas diferentes, incluida la uva de mesa (7 proyectos), la papa (4 proyectos), carozos (melocotón, ciruela, cereza; 4 proyectos), entre otros. A su vez, se han aprobado 6 proyectos de investigación en árboles (3 en Eucalyptus y otros 3 en Pinos).

Diecisiete de estos proyectos están relacionados para mejorar la resistencia a distintos tipos de estrés biótico, como enfermedades virales, bacterianas y fúngicas. Otros nueve proyectos tuvieron como objetivo desarrollar tolerancia a estrés abiótico como sequía, salinidad y frío). Dos proyectos fueron concebidos para obtener características demandadas por los consumidores como mejorar el dulzor en manzanas y generación de uvas sin semillas. Otros 2 proyectos se han relacionado con biofortificación (aumento contenido de vitamina A en manzanas y carotenoides en canola) y 1 proyecto tuvo como objetivo generar pinos tolerantes a herbicidas (ver tabla).

En el período 1991-2000 sólo se desarrollaron 8 proyectos de investigación, mientras que 21 comenzaron entre 2001 y 2010.

Vale la pena señalar que 16 proyectos de investigación han sido financiados por programas del Ministerio de Educación de Chile (FONDEF, FONDECYT y CONICYT),

14 por el Ministerio de Economía (CORFO) y 2 por el Ministerio de Agricultura (FIA).

Finalmente, se han implementado dos consorcios empresariales de investigación tecnológica para mejorar la producción frutícola, un sector clave para las exportaciones agrícolas chilenas. Ambos se centran en la genómica y el mejoramiento genético en carozos y vides. Ninguno de los dos se incluye en la tabla ya que no son proyectos de investigación individuales.

Transgénicos en ChileSistema regulatorio

-En el sector silvoagropecuario, el Ministerio de Agricultura ha autorizado la multiplicación de material vegetal genéticamente modificado de propagación (semillas), previa evaluación caso a caso y cumpliendo las medidas de bioseguridad establecidas por la autoridad. Después de una serie de modificaciones realizadas a la normativa desarrollada en el país desde el año 1992, fecha de la primera solicitud de internación, actualmente son tres las resoluciones que regulan los OGM en el sector silvoagropecuario:

-La Resolución Exenta Nº 1523 del año 2001, que establece normas para la internación e introducción al medio ambiente de organismos vegetales vivos modificados de propagación (OVVM). Ésta abarca importación; multiplicación en campo; cosecha; exportación de la producción, medida de resguardo para los remanentes, subproductos y desechos.

-La Resolución Exenta Nº 3970 del año 1997, que establece autorización para consumo animal de maíz genéticamente modificado o GM con modificaciones para resistencia a insectos (Bt), a glufosinato de amonio (Basta) y a glifosato (Roundup).

-La Resolución Exenta Nº 3136 del año 1999, que establece normas generales de bioseguridad para los productos farmacéuticos de uso veterinario desarrollados mediante procesos biotecnológicos y que contienen OGM.

Por otra parte, la Ley de Bases del Medio Ambiente N° 19.300 modificada por la ley 20.417 de 2010 establece que los proyectos de desarrollo, cultivo o explotación, en las áreas mineras, agrícolas, forestales e hidrobiológicas que utilicen organismos genéticamente modificados con fines de producción y en áreas no confinadas, es decir que no cuenten con medidas que eviten polinización cruzada con otros cultivos, deben someterse a una Evaluación de Impacto Ambiental. Esto implica que actividades agrícolas distintas a la producción de semillas y actividades de investigación de camo deben someterse a esta Ley.

A comienzos del 2007, en el marco del Reglamento Sanitario de los Alimentos, se dictó la Norma Técnica Administrativa sobre incorporación a nómina de eventos biotecnológicos en alimentos de consumo humano (Norma n°83), la que pretende el adecuado registro en una nómina de productos y componentes asociados a los alimentos que hayan sido originados por medio de la biotecnología moderna. Es decir, se pretende generar una lista de alimentos GM evaluados y autorizados para consumo humano, para la eventualidad que se apruebe el consumo de estos alimentos en Chile.

Con el objeto de asegurar condiciones de inocuidad y características nutricionales, se determinó un procedimiento basado en el conocimiento científico actualmente aceptado, homologado con los Principios y Directrices de la Comisión del Codex Alimentarius para alimentos obtenidos por medios biotecnológicos.

Estas normas consignan la responsabilidad del Instituto de Salud Pública como organismo evaluador, el que deberá recomendar al Ministerio de Salud incorporar o no un determinado evento a la nómina, se basa en el trabajo de un comité que deberá evaluar diferencias y similitudes entre un alimento genéticamente modificado y su homólogo convencional. Entre las dimensiones nutricionales y de inocuidad a evaluar, se debe determinar toxicidad, efectos agudos, alergenicidad y efectos a largo plazo.

Institucionalidad

El Ministerio de Agricultura propone la política sectorial sobre OGM, con consulta a los diferentes actores. Por su parte, el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, servicio dependiente del Ministerio de Agricultura, tiene la facultad de regular los OGM a través de la aplicación del Decreto Ley N° 3.557/82, de Protección Agrícola, y sus modificaciones Ley N° 18.755/89, Ley N° 19.558/98 y Ley N° 20.161/07.

El SAG, a través de la Resolución Exenta N° 6966 del año 2005, crea el Comité Técnico de OGM y su Secretaría Técnica. Esta última, conformada tanto por expertos del SAG, como por asesores externos, es la responsable de realizar los análisis de riesgo caso a caso. Para ello se analizan las solicitudes junto a la documentación anexa y, posteriormente, se prepara un informe que recomienda a las divisiones técnicas respecto de la decisión a tomar.

Para cada aprobación, el SAG dicta una resolución que establece, entre otros aspectos, la cantidad de material de propagación autorizado de importar (en el caso que corresponda), lugar específico dentro del país donde se multiplicará la semilla, medidas de bioseguridad y destino de los remanentes y/o subproductos.